domingo, 25 de septiembre de 2011

En vigencia nueva norma para créditos hipotecarios

El Ministerio de Vivienda y Hábitat dictó la resolución N° 124, la cual contine las normas, requisitos y documentación para el otorgamiento de créditos destinados a la adquisición de vivienda principal, según se publicó en Gaceta Oficial N° 39.763.
Se establece que el monto máximo de los créditos a otorgar con recursos del Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda (FAOV), Voluntario para la Vivienda (FAVV) o de Aportes del Sector Público (FASP) será de 270 mil bolívares-
A partir del 6 de septiembre rigen tasas de interés sociales especiales para créditos con recursos propios o con fondos de ahorro, que van desde 4,66% para quienes hasta cuatro salarios mínimos al mes; de 6,91% a quienes devenguen entre cuatro y seis de estos y 9,61% entre seis y ocho sueldos mínimos.
Para optar a cualquiera de los financiamientos se mantienen los requisitos de ser venezolano, mayor de edad, cotizante activo del FAOV o FAVV, con 12 meses mínimo.
Las cuotas mensuales máximas para el pago de los préstamos hipotecarios no pueden superar 35% del ingreso familiar mensual y los préstamos se concederán por un plazo máximo de 25 años.
Una novedad es la presentación de la constancia de inscripción en el Registro Nacional de Vivienda perteneciente a la misión gubernamental, en caso de que el solicitante opte por una casa perteneciente a los desarrollos habitacionales construidos por el Ejecutivo.

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